lunes, 6 de octubre de 2008

YA TE PUEDES VOLVER ACCESIBLE...

Pues el otro día hablando con mi primo (ese irreductible que es de los pocos que lee este intento de blog) me comentó la preocupación creciente que existe en el sector de las nuevas tecnologías (y sobre todo entre todos aquellos que hacen algún tipo de actividad económica a través de páginas Web) por los crecientes requisitos legislativos en materia de accesibilidad a las nuevas tecnologías.
Pues bien dichas "preocupaciones" no deben perder de vista el Real Decreto 1497, de 12 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
En lo que a páginas Web de la administración se refiere esta norma establece como guia de referencia de la accesibilidad la Norma UNE 139803:2004 imponiéndose la obligación de cumplir con al menos de los niveles de prioridad 1 y 2 de dicha Norma UNE. A continuación introduce un "caramelo envenenado" al establecer que las administraciones promoverán la accesibilidad del resto de páginas Web. En mi opinión esto se traduce en que tarde o temprano todo el mundo que haga una página Web para una actividad de la sociedad de la información se tendrá que doblegar ante los preceptos de prioridad 1 y 2 de la UNE de marras.
Y muchos se preguntarán como vamos a "traducir" esta accesibilidad a la Web, solo se me ocurre que hagamos como Matrix y traduzcamos en código las medidas de accesibilidad que se aplican en la realidad.

2 comentarios:

LAcebes dijo...

No entiendo nada. Conducir un coche es accesible? Porqué tengo que hacer accesible una web? Si soy una administración entiendo que debo tener esta obligación. Pero si soy un particular porque tengo que hacerlo. No lo entiendo. Si pongo una tienda tengo que hacerla accesible? No seguro que no

EL DEL BLOG dijo...

Por ahora no pero con el tiempo y el artículo 6 en la mano ya verás como si