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lunes, 8 de diciembre de 2008

EL CAZADOR CAZADO

Seguramente todo el mundo sabrá la noticia pero yo no me resisto a al menos comentar esta noticia que me ha parecido de lo mas curiosa la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha sido sancionada con 60.101,21 euros. Bueno hasta aqui podría parecer algo normal ya que son cientos las empresas privadas e instituciones publicas sancionadas cada año lo poco normal de la historia es quien ha sancionado y el motivo. Pues el sancionador ha sido la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el motivo: una infracción grave de la LOPD y en concreto, la grabación por un detective que trabaja para la SGAE de una boda con el fin de probar que se estaba "utilizando" música protegida sin haber abonado el correspondiente canón.
No es este post el "lugar" para discutir el fundamento legal que tiene la SGAE para pretender cobrar por todo uso de obras protegidas por derechos de autor, lo que resulta innegable es que la grabación sin el consentimiento de personas desconocidas que acuden a un acto completamente privado (y tan intimo como una boda), supone una violación tanto de la intimidad como del derecho a la protección de los datos de carácter personal de esas personas (recordemos que la imagen es considerado como dato de carácter personal, sin ir más lejos artículo 5.1 f) del Reglamento de Desarrollo de la LOPD), en concreto se está procediendo a recabar los datos de los asistentes sin su consentimiento (en este caso sería una cadena ya que no se les informó de que se les grababa por lo que el consentimiento, además de no haberlo prestado no sería válido ya que no hubiera sido informado).
Muchas personas pensarán que en el facebook de turno se exponen imágenes de personas que no han sido informadas ni han prestado su consentimiento para aparecer en las fotos, videos, etc. que se cuelgan en estas redes sociales y que sería el mismo caso, pero es que en el caso de la boda ha mediado denuncia contra la SGAE, además de que el 98% de los videos y fotos que se cuelgan en la Web 2.0 son de familiares y amigos a los cuales no les importa aparecer en los mismos, en este caso y dadas las intenciones de la SGAE con esta grabación no creo que los novios ni los asistentes a la ceremonia consideren a la SGAE precisamente como "amigos".
En cualquier caso y en mi modesta opinión, dejando a un lado de nuevo la legitimidad de reclamar el pago por el "uso" de obras en determinadas circunstancias, creo que la SGAE debería intentar usar medios menos intrusivos para defender lo que consideran sus derechos.
Si se quiere preconstituir prueba a través de la grabación de un evento privado se debería acudir al juez para que autorice dicha grabación, aunque como no sea en el ámbito penal va a ser dificil (por no decir que no posible), y en este caso no creo que se pueda recurrir a la vía penal.
Por cierto aconsejo a todos los casados que miren sus videos porque según ha declarado la SGAE la práctica de "invitar" al detective a bodas ajenas para comprobar el buen uso de obras protegidas se ha realizado durante lustros, asi que ya hay nuevo juego estas navidades identificar al personaje misterioso en la boda...

lunes, 13 de octubre de 2008

UN POCO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Me he dado cuenta de que hasta ahora no había escrito nada sobre propiedad intelectual y la verdad es que me apetece hacer algún que otro comentario, sobre todo a raíz de algunas noticias que me han llegado en los últimos días.
En la actualidad la propiedad intelectual se regula además de en los artículos 428 y 429 de nuestro añejo y venerable código civil, en el Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. A título meramente informativo esta ley tiene 166 artículos así que no creo que muchos de mis lectores vayan a leerla.
Solamente un gran rasgo sobre la propiedad intelectual: se divide en derechos morales (reconocimiento de la autoría, posibilidad de sacar la obra del mercado bajo determinadas circunstancias, entre otros) y derechos patrimoniales o de explotación que son lo que permiten obtener un beneficio económico de la obra a través de su, valga la redundancia, explotación.
A mi particularmente me interesa el Título VII en el que se regula la propiedad intelectual de los programas de ordenador, los cuales son, si se me permite la expresión, equiparados por la Ley de Propiedad Intelectual a los libros...en fin.
Bueno en futuras entradas hablaré de algunos aspectos interesante de la Ley de Propiedad Intelectual como por ejemplo de que presupone la culpabilidad de todo el mundo a la hora de copiar y consumir de forma ilegal obras protegidas...en este país esta es la única ley que considera a todos "culpables" hasta que se demuestre lo contrario.

martes, 7 de octubre de 2008

LO QUE YO DECIA EL EMULE TIENE LA CULPA HASTA DE LA CRISIS ECONOMICA

Alguien dirá al autor de este intento de blog se le ha ido la cabeza más que de costumbre con este titulo, pero no, hay una explicación que no se si será considerada muy racional eso si debo reconocerlo.
En esto que la Agencia Española de Protección de Datos considera que en Internet existen riesgos reales que ponen en jaque la privacidad de los ciudadanos.
Hasta aquí estoy de acuerdo hoy en día, como no tengas un mínimo de sentido común los datos (y no solo nombre, apellidos, e-mail, sino hasta números de cuenta) de los internautas pueden acabar en servidores de lugares del mundo que no sabíamos ni que existían.
Lo curioso del tema es que la Agencia de Protección de Datos ha "señalado" a un culpable directo de estas intromisiones: el EMULE. Ese programa que acabará con la civilización, constituye a juicio de la Agencia una de las principales brechas a través de las cuales se escapa la privacidad de los ciudadanos. En este punto me viene otra reflexión ¿es que con el resto de programas P2P no se pueden poner a disposición de millones de personas datos de otras personas?, pues parece que de acuerdo con la Agencia de Protección de Datos el EMULE es de lo "mejor" para hacer eso.
Yo me habría referido, aunque no creo que la finalidad de los programas P2P, dado el perfil de la gente que los usa sea el hacerse con datos de otras personas, a los programas P2P en general, no cargando las culpas sobre los lomos de la ya agredida "mula", que unicamente es un instrumento de intercambio de archivos.
Los culpables en mi opinión serían tanto el que pone sobre los lomos de la pobre mula esos datos y como quien los busca o los encuentra y no los destruye, porque vamos yo me encuentro datos de otras personas y dado como esta el patio lo último que hago es ponerme a hacer el tonto con ellos.
Y que no se me enfade la gente que ya se que a través de EMULE no solo se comparten apuntes del colegio...pero habría que investigar quién posibilita que se compartan esos otros tipos de contenidos, pero eso es otra historia de la que hablaré quizá algún día.

jueves, 2 de octubre de 2008

NOTICIA DE MIEDO, HORROR, TERROR Y PAVOR

Hoy he visto una noticia que me ha causado estupor: UNO DE CADA TRES INTERNAUTAS ESPAÑOLES HA UTILIZADO ALGUNA VEZ UN PROGRAMA P2P (emule, bittorrent, morpheus, etc etc).
Madre mía donde vamos a llegar como se les ocurre a los usuarios de Internet usar esos programas demoníacos creados por el diablo para hundir el mundo, en fin no puedo seguir porque la noticia me ha dejado desalentado. Ahí dejo el link a la noticia por si alguien se atreve a verla yo he perdido la fe en la raza humana:
http://www.elmundo.es/navegante/2008/10/02/tecnologia/1222941896.html
En mi opinión se han quedado muy cortos...